Entra en vigor la nueva Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Lumbreras

Entre las novedades de esta nueva normativa destaca la prohibición de tender en balcones y ventanas y el abandono de solares y jardines, el uso de elementos sonoros que perturben el descanso vecinal y la instalación de cañones espantapájaros

La alcaldesa de Puerto Lumbreras, María de los Ángeles Túnez y la segunda teniente de alcalde y concejal de Seguridad Ciudadana, Jermary Reinaldos, han anunciado la entrada en vigor de la nueva Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Lumbreras.

María de los Ángeles Túnez ha explicado que "este próximo viernes, 8 de mayo, Puerto Lumbreras contará con una nueva Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana, una nueva normativa que introduce mejoras muy significativas respecto a la normativa pasada, datada de 2012, y que se adapta a las nuevas necesidades sociales y a la mejora de la seguridad jurídica de todos los lumbrerenses".

Jermary Reinaldos ha indicado que "esta nueva ordenanza trabaja en preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de todos nuestros ciudadanos".

La alcaldesa de Puerto Lumbreras ha especificado que "la nueva ordenanza, aprobada por el Pleno Municipal el pasado 27 de enero, incorpora capítulos completos inexistentes anteriormente como la degradación visual del entorno que prohíbe tender toda clase de ropa en balcones o ventanas exteriores que sean visibles desde la vía pública y acumular enseres tales como colchones, alfombras o cualquier otro elemento ajeno al uso determinado a tal espacio y el mal cuidado de solares y jardines".

La concejal de Seguridad Ciudadana ha apuntado que "asimismo, incorpora la figura de 'Zonas de Especial Protección', con la que se puede declarar, así, a los espacios próximos a colegios, parques infantiles, centros sanitarios o residencias de personas mayores y las sanciones que se pudieran cometer aquí se agravarían; regula las actividades de ocio y consumo de alcohol y establece la obligación de que los organizadores de actos deben velar por que no se cometan conductas incívicas y mantener los espacios utilizados en su estado original".

Túnez García ha remarcado que "se prohíbe el uso de aparatos de televisión, radio, música u otros elementos sonoros en horarios inadecuados que perturben el descanso vecinal, así como cualquier tipo de ruido que ocasione las mismas molestias; la instalación y uso de cañones espantapájaros sin autorización expresa y, por supuesto, la extensión del cumplimiento de todos los artículos a nuestras pedanías".

Reinaldos García ha señalado que "en cuanto a actitudes vandálicas se especifica sobre la manipulación de mobiliario urbano, juegos infantiles o contenedores de basura; la prohibición de dañar el patrimonio natural (árboles o jardines), el consumo de alcohol en menores y el establecimiento de la responsabilidad legal de los menores a sus padres, madres o tutores legales".

María de los Ángeles Túnez ha expresado que "esta nueva ordenanza que entra en vigor el 8 de mayo, pasa de describir únicamente infracciones a enumera los derechos y los deberes de todos los ciudadanos de Puerto Lumbreras siendo una de las principales incorporaciones la 'justicia restaurativa'. Y es que, desde el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras queremos trabajar en la promoción de actividades educativas y de cooperación social con carácter previo a la sanción económica con el objetivo de, en los casos que sea posible, sustituir las multas por sanciones con acciones formativas o labores de interés comunitario para el fomento del civismo".

Jermary Reinaldos ha advertido que "en cuanto a las sanciones económicas, las infracciones se clasifican en leves (hasta 750 euros), graves (de 750 a 1.500 euros) y muy graves (de 1.500 a 3.000 euros) y recoge, también, la reducción de sanción por pago anticipado (una reducción de la multa del 50 por ciento si se paga antes de 15 días)".

Para finalizar, ambas han destacado que esta ordenanza no es un simple catálogo de prohibiciones es un instrumento jurídico completo que equilibra derechos y deberes, moderniza el marco normativo del municipio y apuesta por la educación cívica como herramienta prioritaria frente a la mera sanción económica.

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